Condiciones generales de contratación
de Pyramid Computer GmbH Pyramid)
Estado: 01.07.2025
1. información general
Estas Condiciones Generales de Contratación (CGC) se aplican a toda la relación comercial con los socios contractuales de Pyramid que sean empresarios (§ 14 BGB), personas jurídicas de derecho público o fondos especiales de derecho público (en adelante: socios contractuales). Las condiciones generales de Pyramid se aplicarán exclusivamente a toda la relación comercial. No se reconocerán los términos y condiciones del socio contractual a menos que Pyramid los haya aceptado expresamente por escrito.
2. celebración del contrato
2.1 Las ofertas realizadas por Pyramid están sujetas a cambios, a menos que se designen expresamente como vinculantes. El contrato con Pyramid se perfeccionará mediante la confirmación escrita del pedido o mediante la entrega de los productos. La confirmación del pedido de Pyramid será determinante para el contenido del contrato.
2.2 Los errores en la transmisión telefónica o electrónica correrán a cargo de la parte que utilice el dispositivo de transmisión (por ejemplo, la persona que llama).
2.3 Pyramid se reserva todos los derechos sobre presupuestos, diagramas, dibujos, ilustraciones técnicas y explicaciones. No podrán reproducirse ni divulgarse a terceros sin el consentimiento previo por escrito de Pyramid .
2.4 La parte contratante está obligada a proporcionar información veraz al registrarse. En caso de que se produzcan cambios en los datos de la parte contratante, en particular, nombre, dirección, dirección de correo electrónico, número de teléfono o datos bancarios, la parte contratante está obligada a informar inmediatamente a Pyramid de este cambio. Si no facilita esta información o facilita datos falsos desde el principio, Pyramid se reserva el derecho a rescindir el contrato o a reclamar daños y perjuicios. La rescisión deberá declararse por escrito. El socio contractual deberá asegurarse de que la dirección de correo electrónico facilitada por él es accesible desde el momento en que se facilita y de que no se impide la recepción de mensajes de correo electrónico debido al reenvío, cierre o sobrellenado de la cuenta de correo electrónico.
3ª entrega
3.1 Los plazos de entrega indicados por Pyramid en la confirmación del pedido no son vinculantes. El plazo de entrega no comenzará antes de la recepción de los documentos, autorizaciones y aprobaciones necesarios para la ejecución del contrato, siempre que estos deban ser facilitados por la parte contratante. Si se ha acordado el envío de los productos, las fechas de entrega se referirán al momento en que los productos salgan del almacén de Pyramid o se notifique al socio contractual que los productos están listos para su envío. La entrega solo tendrá lugar tras la recepción de un anticipo acordado por parte del socio contractual.
3.2 Los obstáculos imprevistos a la entrega (por ejemplo, conflictos laborales, retraso en la entrega a Pyramid , huelgas, dificultades en el suministro de energía, pandemias, fuerza mayor, etc.) de los que Pyramid no sea responsable, darán derecho a Pyramid a ampliar el plazo de entrega mientras dure la perturbación. Pyramid informará inmediatamente al socio contractual de cualquier obstáculo imprevisto para la entrega. En tal caso, el socio contractual no tendrá derecho a rescindir el contrato. Si no es previsible que Pyramid pueda cumplir el contrato en un plazo razonable, pero a más tardar en un plazo de cuatro (4) meses, Pyramid y/o el socio contractual podrán rescindir el contrato mediante notificación inmediata por escrito. Lo mismo se aplicará si los motivos del impedimento siguen existiendo tres (3) meses después de la notificación de Pyramid . Pyramid no tendrá derecho a rescindir el contrato si los motivos del impedimento ya eran reconocibles para Pyramid en el momento de la celebración del contrato.
3.3 Pyramid tendrá derecho a realizar entregas parciales en una medida razonable si la entrega parcial puede ser utilizada por el socio contractual en el ámbito del propósito contractual, la entrega de los productos pedidos restantes está garantizada y el socio contractual no incurre en trabajo adicional significativo ni en costes adicionales como resultado.
3.4 Todas las entregas son EXW Freiburg im Breisgau (Incoterms 2020).
4. reserva de dominio
4.1 Los productos seguirán siendo propiedad de Pyramid hasta que se haya efectuado el pago completo. La reserva de propiedad se extenderá a la satisfacción de todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial; esto también se aplicará a los productos por los que el socio contractual no haya pagado íntegramente antes de la entrega. Por lo tanto, los productos reservados garantizan el saldo respectivo. El socio contractual cede a Pyramid por adelantado sus reclamaciones derivadas de la reventa o de cualquier otro motivo legal (por ejemplo, seguro, acción no autorizada). Pyramid acepta la cesión. En caso de reventa con mercancías propias o de terceros, la cesión solo se realizará por el importe de la reclamación del precio de compra de Pyramid.
4.2 El socio contractual estará autorizado a revender las mercancías en el curso ordinario de los negocios siempre que no incurra en mora. No podrá pignorar los bienes entregados ni cederlos como garantía. Pyramid deberá ser informada de cualquier derecho de terceros que pudiera afectar a los bienes sujetos a reserva de dominio antes de la entrega.
4.3 Si los bienes sujetos a reserva de dominio se combinan con otros artículos o se procesan posteriormente, la reserva de dominio continuará aplicándose al artículo procesado en la medida descrita (ampliada y prolongada). De este modo, Pyramid adquiere una cuota de copropiedad en la proporción del valor de la mercancía bajo reserva de propiedad (valor de factura) con respecto al valor de los demás artículos combinados. Si uno de los artículos combinados debe considerarse el artículo principal, el socio contractual transferirá la copropiedad a Pyramid en la proporción del valor de los productos suministrados por Pyramid (valor de la factura) con respecto al valor de los demás artículos combinados. El socio contractual almacenará el nuevo artículo de forma gratuita con respecto a la cuota de copropiedad de Pyramid . Si la mercancía sujeta a reserva de propiedad se revende como parte del nuevo artículo, la cesión anticipada acordada solo se aplicará al importe del valor de factura de la mercancía sujeta a reserva de propiedad.
4.4 La parte contratante seguirá estando autorizada a hacer valer en su propio nombre los derechos derivados de la reventa frente a terceros. Esta autorización de cobro es revocable y expira en caso de incumplimiento del socio contractual. A petición de Pyramid, el socio contractual revelará la cesión y proporcionará Pyramid la información y los documentos necesarios para el cobro de las reclamaciones.
4.5 El socio contractual notificará inmediatamente Pyramid cualquier acceso de terceros a los bienes sujetos a reserva de dominio, incluidas las reclamaciones cedidas. Los daños resultantes del incumplimiento de la obligación de notificación, por ejemplo, debido a la demora u omisión en la actuación de terceros, correrán a cargo del socio contractual si es responsable de ellos.
4.6 Pyramid se compromete, según su propio criterio, a liberar las garantías tan pronto como su valor realizable supere en más de un 10% las reclamaciones pendientes de Pyramid .
4.7 Si la legislación del país en el que se encuentran los productos no permite el acuerdo de una reserva de dominio o solo lo permite de forma limitada, Pyramid podrá reservarse otros derechos sobre los productos. El socio contractual está obligado a cooperar en todas las medidas necesarias para realizar la reserva de dominio o los otros derechos que sustituyan a la reserva de dominio y a proteger estos derechos.
5º premio
5.1 Salvo pacto en contrario, se aplicarán los precios de catálogo vigentes (netos, sin IVA). Si la fecha de entrega es posterior en más de cuatro meses al pedido, se aplicarán los precios de catálogo vigentes en el momento de la entrega. A falta de un precio de lista, se aplicará el precio indicado en la confirmación del pedido en ese momento.
5.2 Todos los precios son franco almacén, excluyendo embalaje, transporte y seguro.
5.3 Los precios se indican generalmente en EUR, incluso sin ningún añadido especial, a menos que se indique lo contrario en la confirmación del pedido.
6. pago
6.1 Las facturas son pagaderas inmediatamente después de la recepción de la mercancía.
6.2 No se permiten deducciones a menos que se hayan acordado expresamente por escrito con Pyramid . Se renuncia a prácticas comerciales contrarias. El socio contractual solo podrá compensar las contrademandas con las reclamaciones de Pyramid o retener los pagos debidos a contrademandas si estas son indiscutibles o han sido reconocidas por sentencia declaratoria o son recíprocas a las reclamaciones de Pyramid .
6.3 Los pagos recibidos se abonarán contra todas las reclamaciones debidas en el orden en que se produzcan. Se renuncia al derecho del socio contractual a realizar disposiciones de reembolso unilaterales para toda la relación contractual.
6.4 Si el socio contractual se retrasa en el pago de una reclamación, Pyramid cargará un interés de demora de nueve (9) puntos porcentuales por encima del tipo de interés base durante la duración del retraso.
6.5 El retraso se produce con un recordatorio, pero como muy tarde el trigésimo día después de la fecha de vencimiento y la recepción de una factura o calendario de pago equivalente. La fecha de pago vendrá determinada por la fecha de recepción en la cuenta de Pyramid.
6.6 No obstante lo dispuesto en la cláusula 6.4, Pyramid tendrá derecho a aportar pruebas de los mayores daños causados por el incumplimiento.
7. transferencia del riesgo
7.1 Independientemente del lugar de cumplimiento, las entregas de Pyramid estarán siempre sujetas a las disposiciones legales sobre venta por envío. El riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de la mercancía correrá a cargo de la parte contratante desde el momento de la entrega a un transportista adecuado. El acuerdo de entrega a portes pagados en casos individuales no altera esto. Si la parte contratante se retrasa en la aceptación, el riesgo se transmitirá ya en el momento de la notificación de disponibilidad para el envío.
7.2 Los envíos de devolución correrán por cuenta y riesgo del comprador, a menos que éste ejerza un derecho de garantía legal.
8. garantía por defectos
8.1 El plazo de prescripción de la garantía legal por defectos materiales será limitado por Pyramid a dos años a partir de la fecha de entrega.
8.2 Las entregas deberán ser inspeccionadas inmediatamente después de su recepción. Los defectos evidentes deberán comunicarse a Pyramid por escrito sin demora. Los defectos que no sean inmediatamente reconocibles deberán comunicarse por escrito inmediatamente después de su descubrimiento. En caso de incumplimiento de esta obligación, quedará excluida la garantía.
8.3 En caso de defecto en el objeto de compra, Pyramid tendrá derecho al cumplimiento posterior, a su elección, mediante la subsanación del defecto (rectificación) o la entrega de un objeto libre de defectos (entrega posterior). Pyramid podrá denegar el cumplimiento posterior si este conlleva costes desproporcionados. La subsanación de defectos tendrá lugar en el domicilio social de Pyramid. El servicio in situ que se desvíe de esto sólo tendrá lugar mediante acuerdo especial. Pyramid correrá con los gastos necesarios para el cumplimiento posterior, en particular los costes de transporte, mano de obra y material; esto no se aplicará si los costes aumentan debido a que el objeto de entrega se encuentra en un lugar distinto al lugar de uso previsto.
8.4 La mercancía destinada a la devolución deberá estar correctamente embalada. Los daños de transporte causados por un embalaje inadecuado correrán a cargo del socio contractual.
8.5 Si Pyramid no subsana el defecto o se niega a proporcionar un cumplimiento posterior, el socio contractual podrá rescindir el contrato o reducir el precio de compra mediante una declaración a Pyramid .
9. obligaciones según ElektroG y VerpackG
9.1 Obligación de recogida según ElektroG
Pyramid cumple con su obligación de recogida según ElektroG. El cliente puede encontrar el formulario correspondiente en el siguiente enlace:
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9.2 Regulación relativa a los envíos directos
Si el cliente cede la mercancía entregada por Pyramid a terceros comerciales, es su deber obligar al tercero comercial a deshacerse de la mercancía adecuadamente de acuerdo con las obligaciones legales tras el fin de su uso a expensas del tercero. En caso de nueva cesión de la mercancía, el cliente estará obligado a cumplir la obligación correspondiente. Si los terceros a los que se ha cedido la mercancía suministrada por Pyramid no han sido obligados por el cliente a asumir contractualmente la obligación de disponer de la mercancía y a seguir haciéndolo, el cliente estará obligado a recuperar la mercancía suministrada por Pyramid una vez finalizado su uso a sus expensas y a disponer de ella adecuadamente de acuerdo con las disposiciones legales. El cliente está obligado a documentar la obligación ulterior adecuada. El Cliente deberá estar en todo momento en condiciones de presentar a Pyramid la prueba de la obligación ulterior.
9.3 Suspensión del plazo de prescripción
La reclamación de indemnización de Pyramid por parte del Cliente no prescribirá antes de transcurridos dos años desde la finalización definitiva del uso del aparato. El plazo de prescripción de dos años no empezará a contar hasta que Pyramid haya recibido una notificación por escrito del Cliente relativa a la finalización del uso.
9.4 El embalaje de Pyramid está autorizado de conformidad con la Ley alemana de embalajes. El número de registro de Pyramid es DE1050382414752.
10. estándar de responsabilidad
10.1 Pyramid sólo responderá por dolo y negligencia grave. Esto también se aplicará a la responsabilidad de los auxiliares ejecutivos y otras personas auxiliares.
10.2 La limitación de responsabilidad anterior no se aplicará al incumplimiento culpable de obligaciones contractuales esenciales por parte de órganos ejecutivos, representantes legales, empleados, auxiliares ejecutivos y otras personas auxiliares. Las obligaciones contractuales esenciales son aquellas cuyo cumplimiento caracteriza el contrato y hace posible, en primer lugar, su correcta ejecución. En la medida en que Pyramid no sea culpable de negligencia grave o dolo, la responsabilidad se limitará a los daños previsibles que se produzcan típicamente
10.3 La responsabilidad en virtud de la Ley de responsabilidad por productos defectuosos no se verá afectada; esto también se aplicará a la responsabilidad por lesiones culposas a la vida, la integridad física o la salud. Si se asume una garantía, Pyramid responderá de conformidad con las disposiciones legales.
11. transacciones de exportación
11.1 Información legal: Las mercancías suministradas por Pyramid pueden estar sujetas a controles de exportación y embargos alemanes y extranjeros. En ese caso, la reexportación desde Alemania y la reimportación a terceros países solo se permite con el consentimiento de las autoridades competentes (posiblemente varios países y la UE).
11.2 Es responsabilidad de la parte contratante averiguar la existencia de las restricciones mencionadas en la cláusula 11.1 en casos individuales.
11.3 También es responsabilidad de la parte contratante informar a sus clientes de las restricciones mencionadas en la cláusula 11.1 y trabajar para el cumplimiento de las obligaciones existentes hasta el cliente final.
12. lugar de cumplimiento
El lugar de cumplimiento es el domicilio social de Pyramid.
13. lugar de jurisdicción
13.1 El lugar de jurisdicción es el domicilio social de Pyramid en Friburgo de Brisgovia. Esto se aplica a la jurisdicción local e internacional. Pyramid también podrá demandar a la parte contratante en su domicilio social.
13.2 La disposición anterior se aplicará a las relaciones contractuales con comerciantes, personas jurídicas de derecho público y fondos especiales de derecho público. Para los no comerciantes, se aplicarán las disposiciones legales.
14 Legislación aplicable
Se aplicará exclusivamente la legislación alemana, excluyendo la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
15. forma escrita
15.1 Las modificaciones y suplementos (acuerdos individuales) deben realizarse por escrito. Lo mismo se aplica a los cambios en el propio requisito de forma escrita.
15.2 La forma textual (correo electrónico, fax, etc.) es suficiente para cumplir con el requisito de forma escrita de estas CGC, a menos que se indique expresamente lo contrario.
Contacto
Teléfono: +49 761 4514 - 0
Correo electrónico: pyramid